Revisiones del Organismo de Seguimiento y Presentación de Informes
La Decisión de Ejecución (UE) 2018/1524 establece la metodología de seguimiento y las disposiciones para la presentación de informes que tendrán que cumplir los Estados Miembros para realizar el seguimiento a nivel nacional del cumplimiento de los requisitos de la directiva y realizar el reporte periódico cada 3 años a la Comisión Europea.
El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital (competencias transferidas desde el Ministerio de Política Territorial y Función Pública) será el órgano encargado de realizar el seguimiento y presentación de informes ante la Comisión Europea. Dicho órgano:
- Podrá comprobar periódicamente el estado de situación con respecto a la conformidad de los sitios web y las aplicaciones para dispositivos móviles de los organismos del sector público con los requisitos de accesibilidad, basándose en la metodología aprobada en la Decisión 2018/1524 de la Comisión Europea.
- Podrá realizar verificaciones sobre muestras aleatorias con respecto a la exactitud de los informes de revisión de la accesibilidad generados por las entidades obligadas.
- Presentará a la Comisión Europea antes del 23 de diciembre de 2021 y posteriormente cada tres años, un informe sobre el resultado del seguimiento que se hará público en formato accesible.
La Comisión Europea establece 2 métodos de revisión que deberán aplicar los estados miembros:
- El método simplificado se aplicará en España de acuerdo con la "Metodología para el Seguimiento simplificado UNE-EN 301549 (pdf)". Este método de seguimiento queda fuera del alcance de este curso.
- El método en profundidad se aplicará en España revisando y agregando las revisiones exhaustivas realizadas por los propios organismos. Estas revisiones, así como el Informe de Revisión de Accesibilidad que generan, es el objeto principal de este curso. Las Unidades Responsables de Accesibilidad serán las encargadas de agregar toda la información y suministrarla al MAETD.