¿Qué obligaciones tienen las instituciones responsables de sitios web?
Las obligaciones que afectan a las entidades obligadas en el marco de este real decreto son:
- Cumplir los requisitos para la accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles que se indican en el artículo 5 del real decreto, atendiendo a las normas de presunción de conformidad.
- Elaborar, actualizar periódicamente y publicar una declaración de accesibilidad sobre la conformidad de cada uno de sus sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles con los requisitos mínimos que estén establecidos.
- Ofrecer a la persona usuaria los mecanismos de comunicación establecidos, disponibles desde cada sitio web o aplicación para dispositivo móvil, que permita a cualquier persona presentar sugerencias y quejas, así como informar sobre cualquier posible incumplimiento de los requisitos de accesibilidad y solicitar la información excluida.
- Realizar revisiones del cumplimiento de los requisitos de accesibilidad, tanto en la fase de diseño de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles como antes de su puesta en funcionamiento. Una vez puesto en funcionamiento un sitio web o aplicación para dispositivos móviles, las entidades obligadas realizarán revisiones periódicas del cumplimiento de los requisitos de accesibilidad con el fin de garantizar el mantenimiento de su cumplimiento a lo largo del tiempo. El resultado de estas revisiones deberá quedar recogido en un informe de revisión de la accesibilidad.
- Designar o colaborar con la Unidad responsable de accesibilidad de su ámbito de competencia. Esta unidad garantizará el cumplimiento de los requisitos de accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles para todo su ámbito de competencia incluyendo todos los posibles organismos públicos y entidades de derecho público dependientes.
- Comunicar al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital (MAETD) (competencias transferidas desde el Ministerio de Política Territorial y Función Pública) cuál es la Unidad responsable de accesibilidad y los miembros que participarán en la Red de Contactos de Accesibilidad Digital de las Administraciones Públicas y colaborar con el MAETD en las tareas que tiene asignadas.
- Remitir, por parte de cada Unidad responsable de accesibilidad, al MAETD o a su punto de contacto establecido, tres informes anuales sobre su ámbito de actuación:
- Informe sobre atención de quejas y reclamaciones.
- Informe de seguimiento del cumplimiento de los requisitos de accesibilidad junto con los “Informes de Revisión de la Accesibilidad” que se hayan realizado en ese periodo.
- Informe de seguimiento sobre la promoción, concienciación y formación.
- Coordinar y fomentar las actividades de promoción, concienciación y formación establecidas mediante programas de formación específicos, de todo el personal a su servicio y específicamente de aquellos órganos o unidades con competencias en el desarrollo de los sitios web y las aplicaciones para dispositivos móviles del sector público, así como de los encargados de la edición y generación de sus contenidos.