Revisiones por cada organismo del sector público
Todo el sector público está obligado a realizar revisiones periódicas del cumplimiento de los requisitos de accesibilidad según lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público tanto a lo largo del proceso diseño y desarrollo como con la puesta en funcionamiento de sus sitios web y de sus aplicaciones para dispositivos móviles. Además, una vez puesto en funcionamiento, con el fin de garantizar el mantenimiento de su cumplimiento a lo largo del tiempo, deberán realizarse revisiones periódicas exhaustivas cada 3 años.
Las revisiones de accesibilidad deberán abarcar todos los requisitos exigidos y tendrán en consideración tanto aspectos de revisión automática como aspectos de revisión manual experta, quedando todo plasmado y recogido en un "Informe de revisión de la accesibilidad". Estas revisiones deberán respetar los condicionantes impuestos para las revisiones en profundidad de la Decisión de Ejecución (UE) 2018/1524 como la periodicidad, la selección de la muestra de páginas y la revisión de los procesos.
La primera revisión de accesibilidad deberá realizarse:
- en el caso de los sitios web: antes del 21 de septiembre de 2020.
- en el caso de las aplicaciones móviles: antes del 20 de septiembre de 2021.
Para ello, las entidades obligadas podrán realizar una autoevaluación o certificar el cumplimiento mediante una auditoría externa.
Dentro de este curso vamos a aprender cómo realizar una autoevaluación cumpliendo estos requisitos.